Oficina de Propiedad Intelectual

Ofrecemos a la Comunidad UPCH y al público en general, consultoría y gestión en materia de propiedad intelectual.


La UPCH cuenta con un Reglamento de Propiedad Intelectual en la que se establece los lineamientos de gestión, normatividad y compensación de los desarrollos de Propiedad Intelectual generados en la UPCH, con participación de profesores, investigadores, empleados, prestadores de servicios, alumnos y otros con los que no haya relación directa que desarrollen actividades en las que intervenga la UPCH—ya sea por el uso de sus instalaciones, celebración de contratos o acuerdos, uso de información y de cualquier otra índole— para llevar a cabo investigaciones y desarrollar proyectos, o aquellos que opten por hacer disponibles sus invenciones a la UPCH para ulterior desarrollo o perfección.

La Oficina de Propiedad Intelectual tiene las siguientes funciones:

  • Generar una cultura de respeto y uso de los derechos de propiedad intelectual.
  • Brinda orientación en materia de propiedad intelectual a toda la comunidad universitaria, mediante asesoría personalizada.
  • Evalúa y protege las tecnologías, signos distintivos, derecho de autor u otras creaciones, invenciones que son desarrollados por la comunidad herediana o desarrollados con terceros.
  • Mantiene los DPI.
  • Establece estrategias para la protección de invenciones en el extranjero.
  • Mejora continua de los procesos de gestión de propiedad intelectual.
  • Actualiza políticas de propiedad intelectual.
  • Establece estrategias de resguardo de los derechos de propiedad intelectual, conjuntamente con la Oficina de Asesoría Técnica Legal.
  • Difunde las tecnologías protegidas por herramientas de propiedad intelectual.

Alianzas

Registro de Propiedad Intelectual

Patentes

Como parte de sus actividades, el Vicerrectorado de Investigación a través de la Dirección de Innovación y Transferencia Tecnológica, proporciona a la comunidad universitaria asesoría y asistencia técnica para la elaboración y trámite de solicitudes de patente ante la autoridad competente.

Si deseas registrar una invención desarrollada en la UPH, a continuación encontrarán el proceso en de registro en la DUIE-OPI.

Proceso:

  1. El inventor que desee registrar una invención, deberá llenar el Formulario de Descripción de la Invención y la Ficha de Invención enviarlo a la Oficina de Propiedad Intelectual (OPI), al correo: duie.opi@oficinas-upch.pe.
  2. La OPI revisará que la información de los formularios esté completo y dará conformidad de recepción de la solicitud de registro, procediendo a evaluar el cumplimiento de los requisitos de patentabilidad (novedad, nivel inventivo, aplicación industrial, ventaja técnica).
  3. El informe de patentabilidad será comunicada al solicitante.
  4. De encontrarse material patentable (patente de invención o modelo de utilidad), la estrategia de protección de la invención se presentará en la siguiente sesión de Comité de Innovación de la UPCH, conforme a sus facultades previstas en el Reglamento General de la UPCH, el cual decidirá si la UPCH respaldará el registro nacional y/o internacional ante la autoridad competente.
  5. De obtenerse una respuesta positiva por parte del Comité de Innovación, la OPI procederá a la preparación de solicitud de patente, con ayuda de un tercero en caso corresponda. Para la redacción del documento técnico, se necesitará el apoyo de los inventores
  6. Los inventores externos de la UPCH, deberán entregar un documento de cesión de derechos a favor de la UPCH debidamente legalizado por Notario Público.
  7. Una vez se tenga listo el expediente de solicitud de registro, la OPI presentará la solicitud de registro ante la autoridad competente, con la ayuda de un tercero en caso corresponda.
  8. La OPI hará el seguimiento del trámite hasta la obtención de la resolución por parte de la autoridad competente, además realizar los pagos de anualidad de patente en caso corresponda.
  9. Finalmente, la OPI informará al inventor y al Comité de Innovación la resolución de la autoridad competente.
  10. Cuando se cuente con el título de patente, la OPI realizará el pago de mantenimiento de patente de acuerdo con los intereses de la universidad.

Marcas

La UPCH registra sus signos distintivos de interés de la universidad, así como de sus unidades de gestión integrantes.

PROCEDIMIENTO:

  1. Conforme a las Pautas administrativas para la creación, modificación y protección de los signos distintivos , el interesado en registrar un signo distintivo, deberá llenar la Solicitud de Registro de Signos Distintivos  .
  2. La OPI revisará que la información esté correcto y dará conformidad de recepción de la solicitud de registro.
  3. La OPI hará la consulta a la Oficina de Imagen Institucional si el signo distintivo a registrar está alineado al branding de la UPCH. En caso de obtener una respuesta negativa,  la OPI informará al solicitante para que modifique el signo distintivo.
  4. En caso de tener una respuesta positiva, la OPI presentará la estrategia de registro del signo en la siguiente sesión de Comité de Innovación de la UPCH, conforme a sus facultades previstas en el Reglamento General de la UPCH, el cual decidirá si la UPCH respaldará el registro ante la autoridad competente. De considerarse necesario, la OPI puede extender una invitación al representante de la unidad operativa solicitante para que haga una presentación ante el Comité de Innovación, en la cual justifique las razones por las cuales requiere el registro del signo distintivo.
  5. De obtenerse una respuesta positiva por parte del Comité de Innovación, la OPI solicitará al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) una búsqueda de antecedentes fonéticos y/o figurativos para evaluar la registrabilidad del signo distintivo. En caso de obtener una respuesta negativa,  la OPI informará al solicitante para que modifique el signo distintivo.
  6. En caso de tener una respuesta positiva sobre la registrabilidad del signo distintivo, la OPI procederá a la preparación de solicitud de registro.
  7. Una vez se tenga listo el expediente de solicitud de registro, la OPI presentará la solicitud de registro ante la autoridad competente.
  8. La OPI hará el seguimiento del trámite hasta la obtención de la resolución por parte de la autoridad competente
  9. Finalmente, la OPI informará al solicitante y al Comité de Innovación la resolución de la autoridad competente.

IMPORTANTE

El uso de la marca deberá encontrarse debidamente justificado. En el caso de las solicitudes de registro de marcas, la OTTPI brindará toda la asesoría necesaria para determinar el número de clase de los productos y/o servicios conforme a la Clasificación de Niza.

Derechos de autor

La Unidad de gestión interesada en registrar una obra, deberá seguir el siguiente procedimiento.

PROCEDIMIENTO PARA REGISTRO DE OBRA O SOFTWARE

  1. Según el tipo de obra, el solicitante interesado en registrar una obra, deberá llenar el Formulario de Descripción de la Creación: Software  o Formulario de Descripción de la Obra , y enviarlo al a la Oficina de Propiedad Intelectual (OPI), al correo: duie.opi@oficinas-upch.pe .
    Asimismo, para el registro de software, el solicitante deberá proporcionar, en soporte digital (CD o USB): manual de usuario, memoria descriptiva o ejecutable, y la parte más importante del código fuente. Mientras que para el registro de obra, el solicitante deberá proporcionar, en soporte digital (CD o USB) o de forma virtual el material que se desea proteger (obra audiovisual, literaria, artística, etc).
  2. La OPI revisará que la información del formulario esté completo y dará conformidad de recepción de la solicitud de registro.
  3. La OPI presentará el requerimiento de registro en la siguiente sesión del Comité de Innovación de la UPCH, conforme a sus facultades previstas en el Reglamento General de la UPCH, el cual decidirá si la UPCH respaldará el registro ante la autoridad competente.
  4. De obtenerse una respuesta positiva del Comité de Innovación, la OPI elaborará el expediente para el registro y lo presentará ante el Indecopi.
  5. Finalmente, la OPI informará al solicitante y al Comité de Innovación la resolución de Indecopi

NOTA

El plazo de trámite en INDECOPI es de 30 días hábiles. Si la solicitud contiene alguna observación, el plazo puede durar hasta 120 días, como máximo. Si la presentación de la solicitud es virtual, el plazo es de 1 día hábil.

Contacto

Oficina de Propiedad Intelectual

duie.opi@oficinas-upch.pe